"SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN: SUCURSAL DE LA INJUSTICIA DE LA 4TA T" Mary Sandoval


“LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN: SUCURSAL DE LA INJUSTICIA DE LA 4TA T”


La soberanía nacional (los ciudadanos) estamos representados por los poderes de la Unión, éstos son: Poder Legislativo: Cámara de Diputados (representa a los ciudadanos), Cámara de Senadores (representa a las entidades federativas); Poder Ejecutivo: el Presidente de la República; y Poder Judicial: la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Quiero hablar del Poder Judicial, en este caso la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que se considera el máximo órgano de justicia del país. Esto es a manera de antecedente, ya que para tratar el tema de la decisión que tomó este órgano en cuanto a la encuesta para juzgar a los expresidentes de la República por parte de MALO, debemos conocer un poco de la SCJN.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación es el máximo Tribunal Constitucional del país y cabeza del Poder Judicial de la Federación (junto con el Tribunal Electoral, los Tribunales de Circuito (Colegiado Y Unitarios), los Juzgados de Distrito y el Consejo de la Judicatura Federal).

Entre sus responsabilidades esta el salvaguardar el orden establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mantener el equilibrio entre los distintos poderes y los diferentes ámbitos del gobierno, a través de resoluciones judiciales que emite; además de solucionar, de manera definitiva, asuntos que son de gran importancia para la sociedad. 
(https://www.scjn.gob.mx/conoce-la-corte/qué-es-la-SCJN).

La Corte se integra por 11 ministros con mandato fijo de 15 años en el cargo; uno de los ministros funge como presidente. Tienen estabilidad en el cargo, no pueden ser removidos del mismo, pero por incapacidad física, mental o por muerte, entonces sí procede la remoción. Para garantizar la independencia de la SCJN de los demás poderes, la renovación de los ministros se hace de manera escalonada, y no se pueden reelegir, salvo que algunos de ellos hayan estado como ministro interino o provisional. 
(www.monitorjudicial.itam.mx)

Los ministros que integran actualmente la Suprema Corte de Justicia de la Nación son:
**Arturo Zaldívar Lelo de Larrea: Ministro Presidente, propuesto por Felipe Calderón Hinojosa, fue electo el 1 de diciembre del 2009.
**Javier Laynez Potizek: propuesto por Enrique Peña Nieto, fue electo el 10 de diciembre del 2015.
**José Fernando Franco González Salas: propuesto por Vicente Fox Quezada, fue electo el 12 de diciembre del 2006.
**José Mario Pardo Rebolledo: propuesto por Felipe Calderón Hinojosa, fue electo el 10 de febrero del 2011.
**Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena: propuesto por Felipe Calderón Hinojosa, fue electo el 3 de diciembre del 2012.
**Luis María Aguilar Morales: propuesto por Felipe Calderón Hinojosa, fue electo el 1 de diciembre del 2009.
**Alberto Gelasio Pérez Dayan: propuesto por Felipe Calderón Hinojosa, fue electo el 3 de diciembre del 2012.
**Norma Lucía Piña Hernández: propuesta por Enrique Peña Nieto, fue electa el 10 de diciembre del 2015.
**Juan Luis González Alcántara Carranca: propuesto por Manuel Andrés López Obrador, fue electo el 20 de diciembre del 2018.
** Yazmin Esquivel Mossa: propuesta por Manuel Andrés López Obrador, fue electa el 12 de marzo del 2019. Es esposa de José María Rioboo, el principal consejero contratista de MALO, cuando éste fue Jefe de Gobierno del entonces Distrito Federal. Su nombramiento se dio en medio de conflictos de intereses.

** Ana Margarita Ríos Farjat: propuesta por Manuel Andrés López Obrador, fue electa el 5 de diciembre del 2019. Es esposa del actual Secretario de Hacienda Arturo Herrera.
Uno de los compromisos de campaña que hizo Manuel Andrés López Obrador es el de enjuiciar a los expresidentes; y para esto dijo que el pueblo bueno y sabio dirá si se les debe de enjuiciar o no.
MALO propone la siguiente pregunta para la “consulta popular” ¿Esta de acuerdo o no, con que las autoridades competentes investiguen, y en su caso sancionen la comisión de delito de los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quezada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto, antes, durante y después de sus gestiones?
El ministro de la SCJN Luis María Aguilar Morales, presentó el proyecto de inconstitucionalidad de la consulta popular que propone López.

En ese proyecto señala los motivos por los cuales MALO dice que se deben enjuiciar a los expresidentes; algunos de ellos son que del 1 de diciembre de 1988 al 30 de noviembre del 2018, México vivió una época de excesos de riqueza, quebrantos monumentales entre otros (el famoso período neoliberal); el neoliberalismo causó la pérdida de centenares de vidas; la desigualdad social. En sí, fueron 16 los motivos por los cuales MALO pide el juicio. El ministro Luis María Aguilar, comenta en su proyecto, después de un análisis de cada uno de los motivos expresados en la petición de López, llega a la conclusión de que: “Es inconstitucional la materia de consulta popular a que este expediente se refiere”

Se reunieron los ministros para el análisis del proyecto de inconstitucionalidad de la consulta para enjuiciar a los expresidentes, y con seis votos a favor y cinco en contra, se declaró que es constitucional la consulta.

**Los ministros que votaron, favor de la consulta fueron:
Arturo Zaldívar,
Juan Luis González Alcántara Carranca,
 Margarita Ríos Farjat,
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena,
Yazmin Esquivel Mossa
Alberto Pérez Dayan.
**Los ministros que votaron en contra son:
 Javier Laynez Potizek
 Jorge Mario Pardo Rebolledo
 Fernando Franco González Salas
 Norma Piña Hernández
 Luis María Aguilar.

Pero sucedió, a mi modo de ver, algo muy importante, en el proyecto del magistrado Luis María Aguilar, se decía que se viola la presunción de inocencia de los expresidentes, entonces, reformularon la pregunta, quedando de la siguiente manera:

¿Esta de acuerdo o no en qué se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminados a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?

Esto obviamente que no le agradó del todo a MALO, pero hasta cierto punto lo complacieron. No soy abogada, pero pienso en algo, tendríamos que preguntarnos: ¿Por qué esclarecimiento de las decisiones políticas?; ¿qué decisiones políticas se van a juzgar, y desde que época?; ¿porqué se omitió el nombre de los expresidentes?; ¿esto tendría que ser retroactivo a lo que se va a juzgar?. Puedo hacer muchas preguntas, pero en todas llego a la conclusión de que el replanteamiento de la pregunta deja mucho que desear, no es clara, aparte de que no especifica a qué funcionarios públicos se juzgará.
Así son las cosas y quizás los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al final de cuentas le dieron atole con el dedo a MALO, o tal vez, sucumbieron ante las presiones del presidente.

**Conclusiones:
La consulta popular se menciona en la Constitución, en el artículo 35, que a la letra dice: “(…) VIII: votar en las consultas populares sobre temas de transcendencia nacional, las que se sujetarán a lo siguiente:
**Serán convocadas por el Congreso de la Unión a petición de:
-El Presidente de la República
-El equivalente al 33% de los integrantes de cualquiera de las Cámaras
-Los ciudadanos, en un equivalente al 2% de los inscritos en la lista nominal de electores. Con excepción de la hipótesis prevista en el inciso anterior, la petición deberá ser aprobada por la mayoría de cada Cámara del Congreso. (…)”
El ministro Luis María Aguilar consideraba inconstitucional la consulta para enjuiciar a los expresidentes, porque en la exposición de motivos, López mencionaba que el período neoliberal (01-12-1988 al 30-11-2018) hubo una concentración desmesurada de la riqueza, quebrantos al erario, procesos electorales viciados y prácticas gubernamentales que desembocaron en crecimiento descontrolado de la violencia, la inseguridad pública, la violación masiva de derechos humanos, la impunidad como norma y el quebrantamiento del Estado de Derecho en extensas zonas del territorio nacional (curiosamente esto sucede actualmente en el gobierno de MALO).
De acuerdo a lo anterior, y si vemos en el inciso 3,fracción VIII del artículo 35 que dice “no podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma; la materia electoral; los ingresos y gastos del Estado; la seguridad nacional y la organización; funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada Permanente; la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolverá, previo a la convocatoria que realice el Congreso de la Unión, sobre la Constitucionalidad de la materia de la consulta” Concluiría diciendo que si es inconstitucional la consulta de López.

Cada uno de los poderes es independiente; el artículo 49 de la Constitución habla sobre la división de poderes: “El Supremo Poder de la Federación, se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. No podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación; ni depositarse el legislativo en un individuo, salvo en caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión, conforme a lo dispuesto en el artículo 2. En ningún caso, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131, se otorgarán facultades extraordinarias para legislar”

Nos damos cuenta que en el artículo 49 de la Carta Magna, se menciona la división de poderes de la Unión; bueno, ¿a qué quiero llegar con esto? A que la Constitución dice claramente que los Poderes son independientes, pero con la llegada de MALO a la Presidencia, esta independencia pasó a segundo término. Esto, y lo sabemos todos, pasaba con los gobiernos priistas, ahora con MALO pasa igual; ordena como van a darse las cosas en diversos ámbitos.

Termino diciendo que MALO, con esto que pasó en la SCJN, ya tiene el control absoluto de los poderes de la Unión. López supo escoger a las personas idóneas para los puestos estratégicos, y en los cuales pueda sacar el máximo provecho, por lo que “La Suprema Corte de Justicia de la Nación, es la sucursal de la injusticia de la 4TA T”

   Lo siento mucho, no me van a callar, y lo                       digo con cero cobardía
                            Iztalccihuatl 

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